> Volver a la página Principal

 

Estamos preparando la publicación integra de cada Sentencia. Entretanto dispones de un resumen del contenido de cada una de ellas.

TRIBUNAL SUPREMO.- SALA 1ª
26 de Marzo de 1999

Comentario sobre la sentencia por daño psíquico inferido a trabajadora por trato discriminatorio en la empresa.
Estimación de recurso de casación pues se dan los requisitos que establece el art. 1902 del Código civil, para determinar culpa extracontractual, pues establece dicho precepto: El que por acción u omisión causa daño a otro, interviniendo culpa o negligencia, está en obligación de reparar el daño causado.

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CATALUÑA
27 de Octubre de 2000
SOBRE ACOSO SEXUAL.
Recurre la parte actora en suplicación frente a sentencia que, acogiendo la excepción de incompetencia, no entró a conocer de la demanda instada sobre tutelo de derechos fundamentales.
... declararnos competentes para conocer de la acción ejercitada frente a otro trabajador de la misma empresa, por un supuesto acoso sexual que tiene lugar en el puesto de trabajo y con ocasión del desempeño de las tareas propias del mismo, siendo el demandado un directivo al que se acusa en la demanda de prevalerse del cargo para realizar esta conducta.

JUZGADO DE LO SOCIAL N.º 3 DE NAVARRA / PAMPLONA

20 de Marzo de 2001
Sobre SEGURIDAD SOCIAL iniciado en virtud de demanda interpuesta por M. N. G. contra INSS, TGSS, MUTUAL CYCLOPS, MUTUA A.T. NUM 126, LIMPIEZAS A. S.L.,

JDO. DE LO SOCIAL N. 1 PAMPLONA/IRUÑA

19 de Febrero de 2001

FALLO
el proceso de Incapacidad Temporal iniciado por la demandante el 31 de agosto de 2000 deriva de accidente de trabajo, condenando a las demandadas a asumir tanto la asistencia médico sanitaria como el abono del subsidio económico de Incapacidad Temporal a la actora

JUZGADO DE INSTRUCCIÓN NUMERO TRES. PAMPLONA.

17 de Abril de 2001.

JUICIO de FALTAS nº 578/2000 sobre vejación y en el que son partes implicadas Mª L., Mª M., Mª E., B., como denunciantes, Tomás P. J., como denunciado y el Excmo. Ayuntamiento de Pamplona, como responsable civil.


TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE NAVARRA.- SALA DE LO SOCIAL

18 de Mayo de 2001

Desestimación del Recurso de Suplicación de Mutua Ciclops frente a la Sentencia del Juzgado de
lo Social nº UNO de los de Navarra, sobre INCAPACIDAD TEMPORAL (A.T.). Acoso Moral como Accidente de Trabajo.


TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CATALUNYA

SALA SOCIAL

Barcelona 30 de mayo de 2001

F A L L A M O S

Desestima Recurso de Suplicación interpuesto por Mutua Ciclops contra sentencia juzgado de los social núm. 6 de Barcelona de 18 de enero de 2000.
Suicidio de un trabajador por estrés laboral como accidente de trabajo a efectos pensión viudedad e indemnización a tanto alzado. Voto particular  QUE FORMULA EL MAGISTRADO D. ANTONIO GARCÍA RODRÍGUEZ AL QUE SE ADHIERE EL MAGISTRADO D. LUIS JOSÉ ESCUDERO ALONSO.


TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE NAVARRA.- SALA DE LO SOCIAL

15 de Junio de 2001

Desestima Recurso de Suplicación interpuesto por MUTUAL CYCLOPS, frente a la Sentencia del Juzgado de lo Social nº TRES de los de Navarra, sobre ACCIDENTE DE TRABAJO por Acoso Moral o mobbing.


JUZGADO DE LO SOCIAL NÚM. 33. COMUNIDAD DE MADRID

18 de junio de 2001

VULNERACIÓN DE DERECHOS FUNDAMENTALES: derecho a la vida, integridad física y moral
Desestimación
El Juzgado de lo Social núm. 33 de Madrid, previo rechazo de la litispendencia invocada, desestima la demanda interpuesta por don Ricardo G. LI. contra «Resonancia Magnética S. Fco. de Asís SA» declarando que no se han vulnerado los derechos del demandante a su integridad moral.


TRIBUNAL SUPREMO, SALA 3ª, SECCIÓN 6ª.

23 de julio de 2001

INDEMNIZACION POR DAÑOS Y PERJUICIOS PROVOCADOS POR LA CONDUCTA DEL
AYUNTAMIENTO RESPECTO DE UN FUNCIONARIO CALIFICADA DE ACOSO MORAL
RESPONSABILIDAD DE LAS ADMINISTRACIONES PUBLICAS.--Indemnización.--Acoso moral a funcionario local por parte del Ayuntamiento.

JUZGADO DE LO SOCIAL N. 2 PAMPLONA/IRUÑA

24 de Septiembre de 2001

Extinción de contrato de trabajo art. 50 EETT. Por mobbing


TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA COMUNIDAD VALENCIANA SALA DE LO CONTENCIOSO- ADMINISTRATIVO.

25 Septiembre de 2001

VULNERACION DEL DERECHO A LA DIGNIDAD DE LOS TRABAJADORES POR PRACTICA EMPRESARIAL INCARDINABLE EN EL DENOMINADO BOSSING

Ponente: Sr. Cotino Hueso.


TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CATALUNYA
SALA SOCIAL

28 de noviembre de 2001

EXTINCION DEL CONTRATO DE TRABAJO:
Por voluntad del trabajador: modificaciones sustanciales
Se alegan otros incumplimientos graves como menoscabo de la intimidad o dignidad del trabajador, acoso moral, trato degradante.
SENTENCIA:.
El TSJ desestima el recurso interpuesto por la empresa demandada contra la Sentencia del Juzgado de lo Social núm. 33 de Barcelona, de fecha 20-11-2000, dictada en autos promovidos en reclamación de extinción de contrato, en base a lo reseñado en la fundamentación jurídica.
Caso aparecido en LINEA 900 EN PÁGINA DOCUMENTOS.-


JUZGADO DE LO SOCIAL NÚM 2, VITORIA-GASTEIZ

31 de enero de 2002.

PROCEDIMIENTO DE OFICIO promovido por Gobierno Vasco. Departamento de Justicia y Asuntos Sociales.  
El empresario, mediante su comportamiento daña la dignidad de las trabajadoras en su desarrollo profesional, tratándose en consecuencia, de un mero hostigamiento con finalidad espuria que produce un daño psicológico evidente.
Declara que la conducta seguida por la Empresa  es constitutiva de transgresión del art. 7.10 del R.D. Legislativo 5/2001 de 4 de Agosto.


JUZGADO DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Nº 2.-SANTA CRUZ DE TENERIFE


28 de Febrero de 2002

FALLO:
...estimar en parte la demanda interpuesta por el demandante  contra Consejo Consultivo de Canarias, como demandado, respecto del acuerdo dictado por el demandado en fecha 30 de julio del 2001, versando sobre desestimación de la solicitud de indemnización a favor del recurrente en la cantidad de 2.000.000 Ptas. En conceptos de daños morales, además de 474.500 Ptas. y 336.000 Ptas. en conceptos de honorarios profesionales...


JUZGADO DE LO SOCIAL NÚM 3 DE VIGO.

28 de febrero 2002

EXTINCION DEL CONTRATO DE TRABAJO POR VOLUNTAD DEL TRABAJADOR por incumplimientos empresariales atentatorios a la dignidad del trabajador: «mobbing» o acoso moral
Responsabilidad de la empresa por actos de sus subordinados.

 
JUZGADO DE LO SOCIAL NÚM. 30 DE MADRID.

18 de Marzo de 2002 

DEMANDADO: INSTITUTO MUNICIPAL DE DEPORTES DEL AYUNTAMIENTO DE MADRID.

FALLO
Reintegrar de forma inmediata al demandante en las funciones propias de Jefe del Servicio de Relaciones Exteriores (gestión, dirección y coordinación de las competencias de prensa, publicidad, etc.) dotándole del espacio físico y los medios materiales y humanos para desarrollarlas y cesando en los comportamientos denunciados.
Condenar al Instituto demandado, en concepto daños morales, al pago al actor de 18.030, 36 euros (3.000.000 pts).


JUZGADO DE LO SOCIAL NÚM. 1 DE BILBAO.

22 de marzo de 2002.

Extinción de contrato por acoso Moral en el Trabajo.


JUZGADO DE LO SOCIAL NUMERO 4 DE JAEN.-

10 de mayo de 2002,

Declaración de Contingencias por Accidente de Trabajo derivado de "Mobbing"
Universidad de Jaén


TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CASTILLA-LA MANCHA.- SALA DE LO SOCIAL.

28 de Mayo de 2002

Recurso de Suplicación número 434/02, interpuesto  contra la Sentencia dictada por el Juzgado de lo Social número UNO de los de Cuenca, de fecha 5 de febrero de 2000

Extinción de contrato por Acoso Moral.
FALLO:
... que, con estimación de la demanda presentada, se declare la extinción del contrato de trabajo que unía a las partes, con efectos desde la fecha, con derecho a percibir de la empleadora demandada, en concepto de indemnización por la indicada extinción de su contrato, la cantidad de 4.899,15 (CUATRO MIL OCHOCIENTOS NOVENTA Y NUEVE CON QUINCE) euros.


JUZGADO DE LO SOCIAL NÚM. 2 DE GIRONA.

17 de Septiembre de 2002.

Extinción de contrato con 45 dias por año (art. 50 EETT) por mobbing.


JUZGADO DE LO SOCIAL NÚM. 21 DE BARCELONA.

13 de noviembre de 2002

Desestimando demanda por vulneración de Derechos Fundamentales por Acoso Laboral al no quedar claro el nexo causal.

JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 4 DE MADRID.

26 de noviembre de 2002

Declarando accidente de trabajo la baja sufrida por crisis ansioso depresiva por conflictividad laboral de la demandante.

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CATALUÑA.- Sala de lo Social.

Febrero 2003.
Desestimando el Recurso de Suplicación interpuesto por Midat Mutua contra la sentencia del JS núm. 1 Girona de 21 Mar. 2001 nº 537/2000.Calificando como accidente de trabajo el suicidio de una trabajadora afectada por crisis ansioso depresiva relacionada con su situación laboral.

JUZGADO DE LO SOCIAL Nº 1
  SANTA CRUZ DE TENERIFE.-

24 de febrero de 2003

En la que se declara que se ha producido una vulneración del derecho fundamental a la integridad moral del actor y la nulidad radical de la conducta mantenida por la Presidenta de la entidad demandad Dª Fidencia Iglesias González actuando en representación del Organismo Autónomo demandado.

Y se ordena el cese inmediato de tal comportamiento y la reparación de las consecuencias derivadas del acto, condenándose al Organismo demando a abonar al actor la cantidad de 18.030,36 euros (3.000.000 ptas.) por el concepto de daños psíquicos, y 36.060,73 euros (6.000.000 ptas.) en concepto de daños morales

 

 

[Volver a Principal]

 

Enviar correo electrónico a AdministradorWebOrganizacion con preguntas o comentarios sobre este sitio Web.

Copyright © 2003 ACEPCAMT y NombreLargoOrganizacion
Última modificación: 02 de febrero de 2007